El mandatario sanvicentino Roberto Jaramillo Marín, se refirió en ASENRED, a la sanción por desacato que le profirió el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro; la cual requiere de Jaramillo Marín, el cumplimiento a la resolución número 131-0928 del 6 de octubre de 2010, de la Corporación Cornare, consistente en la demolición de una construcción, que al parecer no cumple las normas del Plan Básico de Ordenamiento Territorial de ese municipio.
La sanción resuelve arresto intramural de cinco días y una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales para el Alcalde, “…por no dar cumplimiento en lo indicado en la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala de Familia, calendado noviembre 02 de 2016”, dice apartes del oficio 839 del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro.
Al conocer la noticia este martes 15 de agosto, a través del Magazín en Red, ASENRED informó sobre el hecho, “…el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro, acaba de dictar orden de captura al alcalde del municipio de San Vicente Roberto Jaramillo…” se expresó en el espacio informativo.
Lo dicho en el espacio radial sobre el mandatario Jaramillo Marín, se expresó de manera errónea ya que, al alcalde, en ningún momento se le ha dictado “orden de captura”, sino “arresto intramural de cinco días…”, tal como dice el oficio 839 del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro.
ASENRED, hace claridad de lo dicho en el espacio radial y presenta excusas al mandatario por el malentendido presentado.