A partir de este lunes 30 de enero entrará en vigencia el Nuevo Código de la Policía Nacional, por lo cual el jefe legislativo de la Policía Nacional, coronel Darío López, enfatizó sobre las normas que empezarán a regir y que consecuencias y objeciones se podrían presentar.
En entrevista con En BLU Jeans, el coronel López hizo un resumen de los ‘mitos urbanos’ que se están generando sobre el Nuevo Código de Policía y aclaró cuáles son reales y cuáles falsos.
¿Un ciudadano puede grabar a otro y denunciarlo?
VerdaderoCnel. : Claro que sí, se llama a la Policía Nacional y ese elemento de prueba puede servir para imponer la medida correctiva al otro ciudadano.
Es un mito que se ha establecido frente al Código Nacional de Policía, no está establecido en el código ¿Será multado por no portar la cédula?
Cnel. “Es un mito del que se ha hablado mucho esta semana, no es cierto, obviamente no está establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia una multa para aquella persona que no porte su cédula.
Esa es una desinformación que se ha generado.
Sin embargo, cuando el ciudadano no presenta la cédula de ciudadanía, nuestros policías van a tener un aplicativo que les va a permitir a través de las huellas dactilares poder identificar plenamente al ciudadano.
Es ahí, cuando no permite la plena identificación, cuando un ciudadano se verá expuesto a una multa.
¿Policías podrán cortar la luz a quien no baje el volumen de la música?
VerdaderoCnel.: Hay un gran número de quejas por este tema.
Cuando el vecino exceda los niveles auditivos, la Policía va a persuadir para que baje la música y si el ciudadano no accede, se impone un comparendo.
Una de las últimas opciones es desactivar esa fuente de ruido bajo unos protocolos en conjunto con la empresa de servicios públicos domiciliarios.
¿Habrá sanción por lavar el código en la calle?
VerdaderoCnel. Efectivamente el Código establece unas medidas correctivas para aquellas personas que están haciendo un mal uso del agua.
Lo que el Código establece es en la mala utilización del agua, lo que nosotros vamos a corregir es ese comportamiento habitual donde se realiza el lavado de bienes en espacio público.
Es una multa de 786.898 pesos.
¿Puede consumir la dosis personal de marihuana en sitios públicos?
FalsoCnel.: No se puede consumir bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en coliseos, estadios, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general en el espacio público, excepto en las autoridades autorizadas por una autoridad competente.
¿Establecimientos públicos deben prestar baños?
VerdaderoCnel.: Será potestad de los establecimientos de comercio el cobro del servicio de baño, el cual deberá ser regulado por los correspondientes entes territoriales.
Los alcaldes deben regular cómo se va a cobrar. Los niños, mujeres embarazadas y adultos mayores tienen prioridad, pero es para todo el mundo.
El establecimiento de comercio está en la obligación de prestar el servicio de baño y si el establecimiento no presta este servicio, se puede hacer acreedor de una medida correctiva que se llama suspensión temporal de actividad, es decir que puede cerrar entre 3 y 10 días, y si hay reincidencia, podrá ser cerrado definitivamente.
“Es un código que ante todo busca respetar los derechos y las libertades de los ciudadanos”, finalizó el oficial.
https://soundcloud.com/bluradio/coronel-audio-final-nuevo-codigo
Fuente: Blu Radio